Qué es una notificación electrónica obligatoria y cómo leerla sin DNI electrónico
Qué es una notificación electrónica obligatoria
Ciertas personas y empresas están obligadas por ley a recibir las notificaciones de la Administración por vía electrónica, no en papel. Si estás en ese grupo, Hacienda, la Seguridad Social o cualquier otra administración te envía los avisos a tu buzón electrónico en lugar de a tu buzón físico.
Quién está obligado
Sociedades mercantiles, autónomos dados de alta en actividades económicas, y cualquier persona que se haya suscrito voluntariamente al sistema. Si eres autónomo o tienes una SL, casi seguro que estás obligado.
El plazo crítico
Tienes 10 días naturales desde que la administración pone la notificación a disposición en su web para acceder a ella. El aviso por email o SMS que recibes es solo informativo — el plazo empieza desde que está disponible en el sistema, no desde que abres el email. Si no accedes en 10 días, se considera notificada y empiezan a correr los plazos del documento.
Cómo acceder sin DNI electrónico
No necesitas DNI electrónico. Puedes acceder con cualquiera de estas opciones:
- •Cl@ve PIN — se obtiene gratis en cualquier oficina de la AEAT o por internet.
- •Cl@ve permanente — usuario y contraseña con verificación por SMS.
- •idCAT Mòbil — si estás en Cataluña, es la opción más sencilla.
- •Certificado digital — se instala en el navegador, gratuito.
- →Para notificaciones de la Generalitat de Catalunya: accede a notificacions.seu.cat
- →Para notificaciones de la AEAT y otras administraciones estatales: accede a notificaciones.060.es
Error frecuente
Pensar que si no has abierto el email de aviso, el plazo no corre. El plazo corre desde que la notificación está disponible en el sistema, independientemente de si recibiste o leíste el aviso.
Preguntas frecuentes sobre las notificaciones electrónicas obligatorias
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