¿Cuánto pueden embargar de la nómina?
La ley protege una parte de tu nómina. No pueden embargarte todo el sueldo: existe un límite mínimo que siempre debes cobrar.
¿Cuál es el límite?
El salario mínimo interprofesional (SMI) está siempre protegido. Solo pueden embargar la parte que supera el SMI, y con límites según tramos:
- •Hasta el SMI: inembargable
- •Entre 1 y 2 veces el SMI: máximo 30%
- •Entre 2 y 3 veces el SMI: máximo 50%
- •Entre 3 y 4 veces el SMI: máximo 60%
- •Entre 4 y 5 veces el SMI: máximo 75%
- •Más de 5 veces el SMI: máximo 90%
Estos porcentajes se aplican sobre la cantidad que supera el SMI en cada tramo.
¿Quién puede embargar la nómina?
Hacienda, la Seguridad Social, el Ayuntamiento o un juzgado pueden ordenar un embargo de nómina si tienes una deuda pendiente.
¿Puedes hacer algo?
Sí. Si el importe embargado te parece incorrecto, puedes impugnarlo. También puedes solicitar una reducción si demuestras que el embargo te deja sin recursos para vivir.
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Información orientativa basada en la normativa vigente sobre embargos de salario. Para tu caso concreto, consulta con un profesional o con la propia Administración.